A- de 2018
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Bernarda Ines Castaño Carvajal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional para conocer solicitud de cumplimiento
- Corresponde al juez de primera instancia
- Se remite al juez de primera instancia solicitud de cumplimiento de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento y acatamiento de la Sentencia T-738/17.
La Sala de Revisión recuerda que no es la Corte Constitucional sino el juez de primera instancia quien debe resolver esta clase de peticiones, máxime cuando se observa, como en el caso concreto, que dicho operador jurídico no ha tenido la oportunidad de conocer sobre el presunto incumplimiento de las órdenes dispuestas en el referido fallo y menos aún, de ejercer las facultades que el ordenamiento jurídico pone a su disposición.
Al no advertir la configuración de las circunstancias excepcionales previstas en la jurisprudencia constitucional para asumir la competencia para resolver la solicitud invocada, se RECHAZA la misma por falta de competencia,
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR por falta de competencia la solicitud presentada por la señora Bernarda Inés Castaño Carvajal.
- SEGUNDO. Por Secretaría General REMÍTASE el escrito de la referencia al Juzgado Promiscuo Municipal de Cocorná (Antioquia) para lo de su competencia e INFÓRMESE del presente auto a la señora Bernarda Inés Castaño Carvajal.
- TERCERO. Contra este auto no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.